Al sindicalista independiente Giraldo León Corvea, delegado del Consejo
Unitario de Trabajadores Cubanos, CUTC en la provincia de Pinar del Río,
le ha sido negado su derecho de sucesión, en cuanto a la vivienda y
cafetería que poseía su padre en dicha localidad.
En fecha reciente , el padre de León Corvea falleció y él es su único
heredero, pero cuando comenzó los trámites para ocupar la vivienda
ubicada en calle Nueva # 56-A, entre 3ra y Lázaro Acosta, el personal de
la entidad de Reforma Urbana de su zona le planteó que su caso no
procedía.
Tampoco pudo resolver que se le concediera la licencia que tenía su
difunto padre para vender refrigerios en su casa. León Corvea reconoce
que está en edad laboral pero “es muy difícil encontrar trabajo por mi
condición de opositor”.
Así para las dos negativas, no se tuvo en cuenta su condición de
descendiente directo.
La Dra. Maybell Padilla Pérez, Secretaria Adjunta del CUTC , abogada
y directora del Buró de Asesoramiento Jurídico Independiente, BAJIL
alega que el caso de su colega es “una flagrante violación de su derecho
como ciudadano”, y explica como no se cumplió lo estipulado en el
Capítulo 5, y en el artículo 79 de la Ley de la Vivienda.
También señala la Dra. Padilla que en el artículo 42, inciso B
refiere una serie de aspectos muy relacionados con el caso de León
Corvea, por lo que destaca que “él (León Corvea) se encuentra en
capacidad para suceder, de acuerdo al Código Civil (cubano), su caso
está en correspondencia con el Título 2, Sucesión Testimonial de la Ley
59 de dicho código.
En Cuba, las personas que pertenecen a organizaciones independientes,
consideradas ilegales por el gobierno son muy hostigados y siempre se
les trata de negar todos sus derechos para convivir en la sociedad como
el resto de la población.